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Home» Bajas y Permisos » La Baja de Paternidad

La Baja de Paternidad

Si el padre está trabajando (ya sea por cuanta propia o ajena e incluyendo los padres con contratos a tiempo parcial o con contratos de formación), tiene derecho a 2 días de baja que corresponden al día del parto y al día natural siguiente. No se pueden tomar más tarde, sino los dos seguidos inmediatamente con el parto. A parte de estos 2 días, ahora también se tiene derecho a 13 más (se iban a ampliar a 4 semanas a a partir de Enero de 2011, pero no está el horno para bollos y se ha aplazado sabe Dios para cuando…) que se pueden tomar o bien a continuación de los otros 2 o bien más tarde, siempre dentro de las 16 semanas siguientes (mientras dure la baja de maternidad de la madre). Si te interesa y acordándolo con la empresa puedes tomártelos en medias jornadas doblando así su duración a 26 días (naturales) de media jornada.

En caso de parto, adopción o acogimiento multiple este periodo se ampliará en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

Los requisitos para poder optar a la baja de paternidad son el haber cotizado como mínimo 180 días dentro de los 7 años anteriores a la fecha de la baja, o si no, haber cotizado al menos 360 días a lo largo de la vida laboral, aunque hay algunas excepciones.

En el caso de parto, esta baja le corresponde al otro progenitor, mientras que en el caso de adopciones corresponde a uno solo de los padres.

Esos días no te los paga la empresa, sino la Seguridad Social, de modo que tienes que avisar a la empresa con tiempo para que te prepare un certificado de acuerdo entre tú y la empresa, donde además queda reflejado lo que ganas para que la Seguridad Social sepa cuánto pagarte.

Este es el formato del documento que ha de entregarte tu empresa para que la seguridad social sepa cuanto ganaste el último mes, pues es eso lo que te van a pagar (pero 13 dias, claro).

Cuando vayas a las oficinas de la Seguridad Social tendrás que presentar ese formato que te da tu empresa, además de un recibo donde se vea la cuenta del banco donde deseas cobrar, fotocopia de tu DNI y fotocopia del libro de familia, aunque has de mostrar también los originales.

Si en ese formulario pones tu número de movil, te mandarán un mensaje avisandote de que tu socilitud ha sido aprobada. Suelen pagar pronto, normalmente el siguiente día 15. También puedes elegir qué porcentaje de IRPF quieres que te apliquen ese mes.

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35 comments on “La Baja de Paternidad”

  1. Fernando Blein Ciaran dice:
    23 octubre, 2012 a las 13:47

    Quisiera saber si la madre no trabaja, puedo coger los 13 días durante la baja maternal o debo de cogerlos a continuación del parto.

    Muchas gracias

    Responder
    • QueSeaUnBartolo dice:
      24 octubre, 2012 a las 19:38

      Hola y bienvenido.

      La baja paternal ha de disfrutarse tras el parto, no antes me temo. El día del parto y el siguiente son dos días inamovibles que has de coger. El resto o los disfrutas a continuación o los puedes tomar más tarde, pero no he leído nada de que se puedan disfrutar “antes” del parto. De hecho, no existe aún hecho causante, si no hay bebe aún, se entiende que no hay baja paternal todavía.

      Un abrazo, felicidades y que todo vaya genial!

      Responder
  2. Misha dice:
    29 octubre, 2012 a las 10:37

    Hola! Mi hijo ha nacido ya pero yo voy a esperar un mes antes de cogerme los 13 días que me corresponden. La idea es irnos todos a descansar a una casa en el campo, empalmando mis vacaciones con el disfrute de la paternidad. Mi pregunta es: ¿puedo tramitar ahora los papeles de la paternidad para así marcharme de vacaciones y no tener que volver luego? ¿O es obligatorio entregarlos inmediatamente antes de que empiece su disfrute? Gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      31 octubre, 2012 a las 3:04

      Hola Misha, enhorabuena antes de nada.

      Pues yo casi juraría que puedes entregarlos ya con la fecha que escojas. Has de entregar un certificado que te entrega tu empresa y que corresponde a lo que ganaste el mes antes de disfrutar de la baja de paternidad, con lo que igual no puedes adelantar el papeleo más de ese mes, pues la empresa no puede emitir el certificado de lo que ganaste en mes antes de irte de permiso si aún no lo has cobrado. Por lo demás, creo que sí es posible. De todos modos como tendrás que hacer papeleo antes, como el registro del bebe, su alta en la seguridad social, etc, seguramente puedas consultarlo de paso.
      No dejes de contarnos finalmente cómo queda la cosa, oki? Nos interesa saberlo.
      Y a disfrutar!! Un abrazo!

      Responder
  3. Alberto dice:
    1 noviembre, 2012 a las 19:42

    Hola quisiera saber si es obligatorio coger los 13 dias seguidos de los 2 dias??? o cuanto de plazo dan para que los puedas coger despuess …
    porque lo quisiera coger despues
    mi hija aun no nace..nace en diciembre..
    muchas gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      2 noviembre, 2012 a las 14:05

      Los puedes disfrutar en cualquier momento pero siempre durante la baja de maternidad de la madre tengo entendido. Los dos días esos son obligatorios tras el parto, pero los demás puedes tomarlos más adelante.

      Un abrazo!

      Responder
  4. jenny dice:
    3 noviembre, 2012 a las 15:40

    hola yo queria saber si mi marido se coje esos 13 dias ami me descuentan algo de lo mio ?? de mi baja me refiero !! jaja gracias un saludo

    Responder
    • jorgegens dice:
      3 noviembre, 2012 a las 21:50

      No Jenny, je je je. No te preocupes. Lo tuyo es baja maternal y lo suyo baja paternal. Son cosas de cada uno. Si él disfruta su baja de paternidad o no, no te influye para nada.

      Con tu permiso él podría disfrutar si acaso de parte de tu baja de maternidad, pero lo que es la de paternidad es suya y no te afecta para nada.

      A disfrutar en cualquier caso!!! Un abrazo y gracias por escribir

      Responder
  5. rubina dice:
    5 noviembre, 2012 a las 23:01

    Hola! mi hijo nacerá en diciembre, mi marido quire gastar sus vacaciones y para enero cogerse los 13 días de paternindad. ¿es posible hacerlo de esa manera aunque yo esté en el paro? es que nose si cuando se habla de “baja maternal” se refiere a esas 16 semanas sea cual sea tu estado laboral actual, o se habla de “baja materna” cuando se esta trabajando y se disfruta de esos 4 meses.
    gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      5 noviembre, 2012 a las 23:57

      Pues… yo creo que si que puede. De hecho, juraria que tu paro se corta cuando des a luz por entrar en periodo de baja maternal. Durante la baja no trabajas y, si estás en el paro, se corta el paro y lo continuas tras la baja maternal.

      Pero ahora mismo no estoy del todo seguro. Si lo confirmas te agradecería nos lo contaras, oki? Si me entero te lo confirmo por acá.

      Un abrazo!

      Responder
  6. florin dice:
    11 noviembre, 2012 a las 10:38

    hola.yo pagaba solo el sello del campo cuando se produjo el parto de mi niño.no estaba en alta empresarial.tengo derecho a los 13 dias por paternidad¿nacio en 24 julio,ya me quedaria tiempo de echar los papeles.gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      17 noviembre, 2012 a las 20:25

      Solo si estás dado de alta oficialmente. Qué es eso del Sello del Campo? De qué país nos hablas? No me suena de nada, al menos en España.

      Responder
    • Pepe Hillo dice:
      9 diciembre, 2012 a las 16:46

      Eres el puto amo tio,un autentico crack.

      Responder
  7. Jorge dice:
    12 noviembre, 2012 a las 18:58

    Hola, te quiero preguntar. Yo soy de México y mi esposa de Francia, y tenemos el libro de familia Francés. ¿Hay que hacer algo en especial por esto? ¿Porque no sea Español?
    Gracias!

    Responder
  8. abel dice:
    21 noviembre, 2012 a las 14:32

    mi mujer le inducen el parto domingo. cuanatos dias me pertenecen? se empieza a contar el domingo los dos dias por hospitalizacion o me empieza a contar a partir del lunes?
    muchas gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      21 noviembre, 2012 a las 23:28

      Domingo y lunes son esos dos días. El resto a partir de cuando quieras pues no tienen que ser justo después.
      Un abrazo!

      Responder
  9. Pamplinas dice:
    26 noviembre, 2012 a las 19:15

    Hola
    me gustaría saber si un trabajador pide el permiso de paternidad en su empresa y a continuación puede cederla la pareja los días que no ha solicitado ella.

    Saludos

    Responder
  10. Pamplinas dice:
    26 noviembre, 2012 a las 19:24

    Tal vez he formulado la pregunta mal, puede el padre, una vez disfrutado de los 13 días de paternidad, disfrutar de parte dell permiso de maternidad si la madre se lo cede?? ¿como podría hacerse ésto??

    gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      10 diciembre, 2012 a las 18:29

      Si, claro que se puede. Te costará el divorcio, pero se puede hacer.

      Responder
  11. deborah dice:
    26 noviembre, 2012 a las 22:55

    hola buenas noches, mi hija nacerá a principio de diciembre y queria saber si a mi marido no le dan esos 13 dias en el trabajo, tiene derecho a que se los paguen?? gracias de antemano.

    Responder
    • jorgegens dice:
      1 diciembre, 2012 a las 4:12

      Me temo que no Deborah. Esos días no se pueden cobrar por no disfrutarlos, a no ser que se pacte con el empresario claro. En ese caso se podrá hacer cualquier cosa, claro, pero no lo recoge así la ley.
      Un abrazo!

      Responder
  12. Alicia dice:
    1 diciembre, 2012 a las 18:13

    hola! quisiera saber varias cosas, resulta que a mi marido le quedan por disfrutar 10 días de vacaciones y 4 días de asuntos propios (todos en días laborables) la fecha maxima para disfrutar de esos días es el 15/01/2013, ahora está de baja por accidente laboral desde ayer mismo por la mutua, y el próximo lunes día 3/12/2012, salgo yo de cuentas, así que en breve nacerá nuestro bebé. He leido que los 13 días de baja paternal los puede coger interrumpidamente, dentro de las 16 semanas siguientes al nacimiento del bebé. No sabemos el tiempo que estará de baja, y lo que nos gustaría es que pudiera juntar los días de vacaciones, de asuntos propios y baja paternal. ahora la pregunta es, si el bebé nace mientras que mi marido está de baja por accidente, cuando le den el alta coge la baja paternal, y a continuacion los dias de vacaciones y asuntos propios, es muy probable que haya rebasado el 15 de enero, el perdería esos dias que le hayan quedado, o por haber estado de baja tiene derecho a cogerlos todos a continuacion aunque haya pasado la fecha maxima para disfrutarlo.???
    Perdona si me he extendido mucho, pero no sabia muy bien como explicarlo para que me entendieras.
    un Saludo!!

    Responder
    • jorgegens dice:
      10 diciembre, 2012 a las 0:03

      Los días de asuntos propios no te los puedes guardar de un año para otro. Las vacaciones, si no has podido disfrutarlas durante el año al que corresponden, por estar de baja por enfermedad, los puedes disfrutar cuando termine esa baja, es decir, cuando te den el alta. Da igual que sea enero, febrero o diciembre. Si eran tuyas y por estar de baja no la disfrutaste las puedes tomar tras el alta sea cuando ésta sea.
      Si puedes coger los días de asuntos propios de ese año en el que estés, pero ten en cuenta que no se pueden juntar con vacaciones, puentes, etc.
      De todos modos, esto depende de tu convenio, de qué tal se enrolle la empresa, etc.
      No dejes de contarnos cómo resulta la cosa, oki? Un abrazo!!!

      Responder
  13. Juan dice:
    13 diciembre, 2012 a las 12:13

    ¿El permiso por paternidad tiene la categoría de baja laboral?
    Me pueden obligar a trabajar durante este permiso por necesidades del servicio?
    Gracias

    Responder
    • jorgegens dice:
      13 diciembre, 2012 a las 17:42

      Si, claro. Es una baja laboral. De hecho te paga la seguridad social, no la empresa. Y no, no te pueden obligar a volver. Faltaría más. Suerte y cuéntanos como lo llevas, oki?

      Responder
  14. Eva dice:
    14 diciembre, 2012 a las 13:05

    Hola,
    en mi caso, yo estoy trabajando a media jornada. Mi marido està cobrando la prestacion per desempleo , para cuando nazca el niño , mi marido tendra paro todabia.
    Mi pregunta és : la maternidad de 16 semanas la puede cojer mi marido en lugar mio?
    me interesa saberlo proque la base reguladora de mi marido es el doble que la mia.

    GRACIAS

    Responder
    • jorgegens dice:
      14 diciembre, 2012 a las 21:48

      Hola Eva.

      Las primeras seis semanas las tiene que disfrutar la madre. Es obligatorio (imagino que para evitar que algún geta…. en fin). Es requisito que ambos estén trabajando en el momento del parto. Además hay que declararlo al pedir la baja maternal, decir que va a durar X días y que a partír de ahí las disfrutará el padre. El padre cobraría el 100% de su base, claro. En vuestro caso salís ganando (economicamente digo) en ese sentido.

      Esto es independiente de sus 2 mas trece días de paternidad, claro.

      Un abrazo y no dudes en contarnos cómo te va. Y mejor aún si es en el foro!! Pues aquí es más incomodo.

      Responder
  15. Turvyjj dice:
    17 diciembre, 2012 a las 21:08

    Una pregunta para quien me la pueda responder. Mi mujer no trabaja y no está en paro. ¿Tengo derecho a los 14 días de baja por paternidad? Gracias y saludos

    Responder
    • jorgegens dice:
      19 diciembre, 2012 a las 1:56

      Si tú cumples tus requisitos, sí, tienes derecho a la baja de paternidad. Eres tú quien tiene que haber estado trabajando, etc, etc. Con más datos podríamos ser más finos! je je. Un abrazo y suerte!

      Responder
  16. fernando dice:
    22 diciembre, 2012 a las 0:22

    Hola,mi mujer esta embarazada de gemelos,teoricamente naceran en marzo d 2013 pero hay muchas posibilidades de que nazcan prematuramente,una vez pase lo mas probable es que los nenes se queden un tiempo en el hospital,y a mi me gustaria poder coger la baja de paternidad cuando podamos disfrutarlos en casa,¿cuanto tiempo se puede aplazar la toma de la baja por paternidad.o ha de ser inmediatamente despues? ¿cuanto tiempo se puede esperar a solicitarlo?porque con lo que nos indican los medicos ,aun quedando 3 meses de embarazo el parto puede producirse en cualquier momento,y no puedo solicitar con una antelacion tan grande el certificado a la empresa..buf son muchas dudas..muchas gracias por tu informacio, y felices fiestas

    Responder
    • jorgegens dice:
      23 diciembre, 2012 a las 3:40

      Qué tal! Gemelos, guau. Seguro que todo irá genial.

      Los dos días esos primeros que te dan son obligatorios cogerlos el primero el día del parto, y el segundo el día después del parto. Si no nave un sábado estaréis de suerte, je je je. Pues de lo contrario esos dos primeros días serían el sábado y domingo sin más narices. Una pena, no?

      Los otros 13 días los puedes coger cuando TE DE LA GANA, pero siempre dentro de lo que dura la baja de paternidad. O sea, que vas sobrado. Podrás hacer lo que comentas.

      En caso de gemelos, y disculpa mi falta de memoria, me suena que te dan algún día más, pero ahora mismo ni lo recuerdo ni tengo mucho tiempo para mirarlo. Si no das con ningún lado donde lo diga házmelo saber acá mismo y te lo busco. Si lo encuentras y nos lo recuerdas, mejor que mejor! je je je.

      Un abrazo y enhorabuena!!

      Responder
      • fernando dice:
        26 diciembre, 2012 a las 19:40

        Muchas gracias por tu ayuda,y llevas razon en tu idea de que al ser gemelos dan mas dias,concretamente 2 mas,total serian 15 dias de permiso de paternidad mas los 2 obligatorios,tambien creo que el estado da una ayuda economica por parto multiple de 4 meses de sueldo minimo por cada niño apartir del 1º,osea mas o menos unos 2500 por gemelos ,5ooo por trillizos etc…un saludo y felices fiestas

        Responder
        • ttaty dice:
          11 abril, 2013 a las 17:55

          En el 2004 tuve gemelas y eran 1800 la ayuda……………. suerte y animo no vayas pensando q estarán un tiempo en el hospital pq a mi no me hizo falta.

          Responder
  17. Jorge dice:
    29 diciembre, 2012 a las 14:13

    ¿se sabe si para 2013 vuelven a retrasar el permiso de paternidad de un mes?

    Responder
    • jorgegens dice:
      3 enero, 2013 a las 16:42

      Efectivamente, lo vuelven a retrasar, por ahora hasta enero de 2014. Gentuza…

      Responder

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